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Trabajadores › Incapacidad

Cuánto te pagan en incapacidad

Quién te paga cada día y cuánto, por enfermedad general o laboral.

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Incapacidad: cuánto te pagan y quién te paga

Cuando estás incapacitado no pierdes tus ingresos: la ley define quién te paga cada día y cuánto. Depende de si la incapacidad viene de una enfermedad común o de un accidente o enfermedad de trabajo.

Enfermedad general: quién paga cada día

Días 1 y 2 ... La empresa, el 66,67% de tu salario
Días 3 a 90 ... La EPS, el 66,67% de tu salario
Días 91 a 180 ... La EPS, el 50% de tu salario
Días 181 a 540 ... El fondo de pensiones, el 50%

En ningún caso el pago diario puede ser menor al salario mínimo diario ($58.364 en 2026).

Accidente o enfermedad laboral

Si la incapacidad viene de un accidente de trabajo o una enfermedad causada por tu trabajo, la paga la ARL al 100% de tu salario, desde el día siguiente al accidente. El día del accidente lo paga la empresa.

Ejemplo

Salario: $2.400.000 · 10 días de enfermedad general
Salario diario: $80.000 → 66,67% = $53.336
Como es menor al mínimo diario, se paga $58.364
Días 1 y 2 (empresa) ..... $116.728
Días 3 a 10 (EPS) ........ $466.912
Total .................... $583.640

¿Tengo derecho?

SÍ: Si tienes contrato laboral y estás afiliado a una EPS. Para que la EPS pague desde el día 3, debes haber cotizado al menos 4 semanas seguidas antes de la incapacidad.

NO: Como independiente no hay empresa que pague los días 1 y 2: la EPS te paga desde el día 3, si tienes tus aportes al día.

¿Cómo hago el trámite?

1. Pide al médico de tu EPS el certificado de incapacidad.

2. Entrégalo a tu empresa lo antes posible.

3. La empresa te sigue pagando en tu nómina y después le cobra a la EPS o a la ARL.

Si te incapacitó un médico particular, debes hacer transcribir la incapacidad en tu EPS.

Lo que no cambia

• Los días de incapacidad cuentan como trabajados para la prima, las cesantías y las vacaciones.

• La empresa sigue pagando tu salud y pensión.

• No te pueden despedir por estar incapacitado sin permiso del Ministerio del Trabajo.

Lo que mucha gente cree (y no es así)

"La incapacidad se paga completa." En enfermedad general se paga el 66,67% (o el mínimo, si da menos). Solo la laboral se paga al 100%.

"Los dos primeros días no se pagan." Sí: los paga la empresa.

"Si estoy incapacitado me pueden despedir." No sin permiso del Ministerio del Trabajo.

Preguntas frecuentes

¿Quién paga los dos primeros días de incapacidad?
La empresa, al 66,67% del salario, sin bajar del mínimo diario.

¿Cuánto paga la EPS?
El 66,67% del salario desde el día 3 hasta el 90, y el 50% del día 91 al 180.

¿La incapacidad laboral se paga diferente?
Sí. La paga la ARL al 100% del salario.

¿Me pueden despedir estando incapacitado?
No sin permiso del Ministerio del Trabajo.