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Cuenta de cobro: qué es y qué debe llevar

Es el documento con el que le pides el pago a quien te contrató cuando no estás obligado a facturar electrónicamente.

¿Quién la puede usar?

SÍ: Personas naturales que no son responsables de IVA ni están obligadas a facturar.

NO: Si eres responsable de IVA o la DIAN te obliga a facturar, la cuenta de cobro ya no sirve: necesitas factura electrónica.

¿Qué debe llevar?

• Ciudad, fecha y un número consecutivo.

• Nombre y NIT o cédula de quien te paga.

• Tu nombre y cédula.

• El valor en números y en letras.

• El concepto: qué hiciste y en qué periodo.

• Tus datos bancarios y tu firma.

¿Qué adjunto?

Casi siempre te van a pedir la planilla de seguridad social pagada del mes. A veces también tu RUT y una certificación bancaria.

¿Me pagan completo?

No siempre. Quien te paga puede descontarte retención en la fuente. Ese descuento no se pierde: es un adelanto de tu impuesto de renta.

Lo que mucha gente cree (y no es así)

"La cuenta de cobro es lo mismo que una factura." No: la factura electrónica se reporta a la DIAN; la cuenta de cobro no.

"No necesito numerarlas." Numerarlas te ayuda a llevar control y es lo que piden las empresas.

Preguntas frecuentes

¿Qué debe llevar una cuenta de cobro?
Ciudad y fecha, número, datos de quien paga, tus datos, el valor en números y letras, el concepto, tus datos bancarios y tu firma.

¿Quién puede usar cuenta de cobro?
Las personas naturales que no están obligadas a facturar electrónicamente ni son responsables de IVA.

¿Qué adjunto a la cuenta de cobro?
Normalmente la planilla de seguridad social pagada del mes y, a veces, tu RUT.

¿Me pueden descontar retención?
Sí. Quien te paga puede descontarte retención en la fuente, que es un anticipo de tu impuesto de renta.