Guía · explicado fácil
Liquidación: todo lo que te deben cuando se acaba el trabajo
Renuncies o te despidan, la empresa tiene que pagarte todo lo que te debe hasta el último día. Si te despidieron sin justa causa, además te toca una indemnización.
¿Qué incluye?
• Salario pendiente: los días trabajados que no te han pagado.
• Cesantías del último año (las de años anteriores ya deberían estar en tu fondo).
• Intereses de cesantías del último año.
• Prima del semestre en que sales.
• Vacaciones que ganaste y no tomaste.
• Indemnización, solo si te despidieron sin justa causa.
¿Me toca indemnización?
SÍ: Si te despidieron sin justa causa, o si te sacaron antes de la fecha de un contrato a término fijo.
NO: Si renunciaste, si te despidieron con una justa causa que dice la ley (por ejemplo, faltas graves), o si el contrato a término fijo terminó en su fecha y te avisaron con 30 días de anticipación.
¿Cuánto es la indemnización?
Contrato indefinido, si ganas menos de 10 salarios mínimos: 30 días de salario por el primer año y 20 días por cada año adicional (o la parte proporcional).
Si ganas 10 salarios mínimos o más: 20 días por el primer año y 15 por cada año adicional.
Contrato a término fijo: el salario de todo el tiempo que faltaba para que terminara el contrato.
Ejemplo: salario $2.500.000, contrato indefinido, 3 años
30 días + 20 + 20 = 70 días de salario
$2.500.000 ÷ 30 × 70 = $5.833.333
¿Cuándo me la pagan?
El mismo día en que termina el contrato. Si la empresa se demora, la ley la castiga: debe pagarte un día de salario por cada día de retraso, hasta por 2 años.
Antes de firmar
• Revisa cada valor con esta calculadora.
• Si no estás de acuerdo, puedes firmar escribiendo "recibido, no estoy de acuerdo con los valores". Así no renuncias a reclamar.
• Pide tu certificado laboral: la empresa está obligada a dártelo.
• Pide la orden para el examen médico de salida. Tienes 5 días para hacértelo.
• Pide la carta para retirar tus cesantías del fondo.
¿Dónde lo consulto?
Pide la liquidación por escrito, con cada concepto separado. Revisa en tu fondo que estén consignadas las cesantías de los años anteriores y en Colpensiones o tu fondo que la pensión esté pagada hasta tu último mes.
¿Y si no me pagan?
Reclama por escrito y guarda copia. Si no responden, ve al Ministerio del Trabajo: allí puedes pedir una conciliación gratis con la empresa. Para una demanda, busca el consultorio jurídico de una universidad. Tienes 3 años para reclamar.
Lo que mucha gente cree (y no es así)
"Si renuncio no me pagan nada." Te pagan todo menos la indemnización.
"Si firmo la liquidación ya no puedo reclamar." Puedes reclamar si dejas por escrito que no estás de acuerdo.
"En periodo de prueba me pueden echar sin pagarme." Te pueden despedir sin indemnización, pero sí te deben pagar prima, cesantías, intereses y vacaciones proporcionales.
Cómo se calcula paso a paso
1. Salario pendiente: los días trabajados del último periodo que aún no te pagan.
2. Cesantías del año de salida: base mensual (salario + auxilio) × días trabajados ese año ÷ 360.
3. Intereses: cesantías × días × 12% ÷ 360.
4. Prima del semestre: base mensual × días trabajados en el semestre ÷ 360.
5. Vacaciones pendientes: salario ÷ 30 × días de vacaciones que ganaste y no tomaste.
6. Indemnización, solo si te despidieron sin justa causa.
Ejemplo 1: renuncia con salario mínimo
Entraste el 1 de enero de 2026, renunciaste el 30 de junio (180 días), no tomaste vacaciones y ya te pagaron el último mes:
Cesantías: $2.000.000 × 180 ÷ 360 ........ $1.000.000
Intereses: $1.000.000 × 180 × 12% ÷ 360 .... $60.000
Prima del semestre .......................... $1.000.000
Vacaciones (7,5 días) ....................... $437.726
Total liquidación ........................... $2.497.726
Al renunciar no hay indemnización, pero todo lo demás sí te lo deben.
Ejemplo 2: despido sin justa causa
Salario $2.500.000, contrato indefinido, entraste el 1 de marzo de 2024 y te despidieron el 31 de octubre de 2026 (2 años y 8 meses), con las vacaciones al día:
Cesantías 2026 (300 días) .................. $2.290.913
Intereses .................................. $229.091
Prima jul–oct (120 días) ................... $916.365
Indemnización (63,3 días de salario) ....... $5.277.778
Total ...................................... $8.714.147
La indemnización sale de 30 días por el primer año más 20 días por cada año siguiente, en proporción: 30 + 1,67 × 20 = 63,3 días.
Casos especiales
Periodo de prueba: pueden terminarte el contrato sin indemnización, pero te deben la liquidación proporcional.
Contrato a término fijo: si te sacan antes de la fecha, la indemnización es el salario de todo el tiempo que faltaba.
Embarazo, licencia o incapacidad: la empresa necesita permiso del Ministerio del Trabajo para despedirte.
Errores comunes al recibir la liquidación
• Firmar sin revisar cada concepto: compáralo con la calculadora.
• Olvidar las vacaciones que no tomaste.
• No verificar que las cesantías de años anteriores estén en tu fondo.
• No pedir el certificado laboral ni la orden del examen médico de salida.
Fuentes
Código Sustantivo del Trabajo, artículos 64 (indemnización), 65 (sanción por no pago), 186 (vacaciones), 249 (cesantías) y 306 (prima).
Preguntas frecuentes
¿Qué incluye la liquidación?
Salario pendiente, cesantías, intereses, prima, vacaciones no tomadas y, si te despidieron sin justa causa, indemnización.
¿Cuándo me deben pagar la liquidación?
El mismo día en que termina el contrato.
¿Si renuncio me pagan liquidación?
Sí. Te pagan todo menos la indemnización.
¿Qué pasa si no me pagan la liquidación?
La empresa debe pagarte un día de salario por cada día de retraso. Puedes acudir gratis al Ministerio del Trabajo.