Resumen rápido: Un empleado con salario mínimo le cuesta a una empresa cerca de $2.715.572 al mes en 2026 si tiene exoneración de aportes, y $2.951.944 si no la tiene. La diferencia con el salario está en la seguridad social, la caja de compensación, las prestaciones y el auxilio de transporte.
Un empleado con salario mínimo no te cuesta $1.750.905 al mes. Si eres empresa y tienes la exoneración de aportes, te cuesta cerca de $2.715.572 al mes, unos $32,6 millones al año. Sin la exoneración, cerca de $2.951.944 al mes. La diferencia está en lo que no se ve en el salario: seguridad social, prestaciones y auxilio de transporte.
El desglose, mes a mes
Valores 2026 para un trabajador con salario mínimo, riesgo laboral I (oficina) y empleador exonerado.
| Concepto | Qué es | Cuánto al mes |
|---|---|---|
| Salario | Lo que dice el contrato | $1.750.905 |
| Auxilio de transporte | Para quien gana hasta 2 mínimos | $249.095 |
| Pensión (12%) | Tu parte del ahorro para la vejez del empleado | $210.109 |
| ARL riesgo I (0,522%) | Seguro por accidentes de trabajo | $9.140 |
| Caja de compensación (4%) | Subsidios, recreación y créditos para el empleado | $70.036 |
| Prima (8,33%) | Reserva para los pagos de junio y diciembre | $166.667 |
| Cesantías (8,33%) | Reserva para consignar en febrero | $166.667 |
| Intereses de cesantías | 12% al año, se pagan en enero | $20.000 |
| Vacaciones (4,17%) | Reserva para 15 días hábiles al año | $72.954 |
| Total exonerado | $2.715.572 | |
| Salud (8,5%), ICBF (3%) y SENA (2%) | Solo si no tienes exoneración | + $236.372 |
| Total sin exoneración | $2.951.944 |
La prima, las cesantías y las vacaciones no se pagan cada mes, pero conviene apartarlas mes a mes para que en junio, diciembre y febrero no te coja el pago de sorpresa. Tampoco incluye la dotación (ropa y zapatos de trabajo), que se entrega tres veces al año a quien gana hasta 2 salarios mínimos.
¿Otro salario u otro riesgo laboral? Calcúlalo en nuestra calculadora de costo real de un empleado.
¿Qué es la exoneración y quién la tiene?
La ley libera a ciertos empleadores de pagar la salud patronal (8,5%), el ICBF (3%) y el SENA (2%) por cada trabajador que gane menos de 10 salarios mínimos. La tienen las empresas (personas jurídicas) que declaran renta, las del régimen SIMPLE y, con condiciones, algunas personas naturales empleadoras. Las entidades públicas y quienes no declaran renta no la tienen. Si no estás segura de tu caso, pregúntale a tu contador: son $236.372 al mes por empleado.
Las fechas que no se te pueden pasar
| Fecha | Qué pagas |
|---|---|
| Cada mes | Salario y seguridad social (planilla PILA, según los últimos dígitos de tu NIT) |
| 31 de enero | Intereses de cesantías, directo al empleado |
| 14 de febrero | Cesantías, al fondo que eligió el empleado |
| 30 de abril | Primera dotación |
| 30 de junio | Prima del primer semestre |
| 31 de agosto | Segunda dotación |
| 20 de diciembre | Prima del segundo semestre y tercera dotación |
Mira cuántos días faltan para cada fecha en el calendario del empleador.
Errores que salen caros
- No consignar las cesantías a tiempo. La sanción es un día de salario por cada día de retraso.
- No pagar los intereses de cesantías. Debes pagarlos el doble.
- Pagar la liquidación tarde. La sanción también es un día de salario por cada día de retraso.
- Contratar por prestación de servicios a quien trabaja como empleado. Si el trabajador demuestra el contrato realidad, debes pagar todo lo que dejó de recibir, más sanciones.
- Olvidar el auxilio de transporte en la base de la prima y las cesantías.
Preguntas frecuentes
¿Y si contrato medio tiempo?
Pagas la mitad del salario y las prestaciones proporcionales. La seguridad social tiene reglas especiales para tiempo parcial: consulta antes con tu contador.
¿La empleada doméstica cuesta lo mismo?
Tiene los mismos derechos: prima, cesantías, intereses, vacaciones, dotación y seguridad social. Calcúlalo en la calculadora de empleada doméstica.
¿Este costo cambia en 2027?
Sí: todo se recalcula con el nuevo salario mínimo, que se fija en diciembre. Te avisamos cuando salga.
Calculadoras relacionadas: costo real de un empleado · calendario del empleador · empleada doméstica
Fuentes
- Estatuto Tributario, artículo 114-1 (exoneración de aportes)
- Código Sustantivo del Trabajo (prestaciones sociales)
Contenido informativo. Para casos particulares, consulta con un abogado laboral, un contador o el Ministerio del Trabajo.